El derecho a la intimidad, recogido en el artículo 18 de la Constitución Española, reza en el punto 4: “La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos”.
La memoria de Internet, a diferencia de la memoria humana, perdura para siempre. Y es por ello que las nuevas tecnologías de la información hacen necesario redefinir la naturaleza y alcance de dicha protección. En la actualidad es muy difícil alejarse de la imagen que los motores de búsqueda ofrecen de una persona o una empresa. Des de alguien que hizo un comentario desafortunado hasta quien cometió un delito, pero que ya ha sido sancionado por lo que hizo, tiene mayores dificultades para ser reinsertado en el entorno digital que en el analógico. Los casos de Guillermo Zapata y Sergi Guardiola son dos de los más actuales. El de Mario Costejà consiguió que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) reconociera, en 2014 por primera vez, el denominado «derecho al olvido» en Internet: el derecho a que se elimine de los buscadores una información personal antigua que perjudica a un individuo. Internet tiene memoria, internet no olvida.
El ‘derecho al olvido’ hace referencia al derecho a impedir la difusión de información personal a través de internet cuando la información es obsoleta o ya no tiene relevancia ni interés público, aunque la publicación original sea legítima. El derecho al olvido es una singularidad específica del derecho a la intimidad. Es decir, vela, vigila, para que nuestros datos no sean compartidos para siempre en los entornos digitales. Borrar la huella digital, sin embargo, no es tare fácil. El caso Costejà o el de la gimnasta Marta Bobo son dos ejemplos.
¿Es justo que un nombre quede ligado para siempre a un error que se cometió en el pasado? ¿Debe existir el derecho al olvido en internet? ¿Debería ser un derecho básico de cualquier ciudadano?
Materiales para el debate
Peirano, M., 2015. «¿Por qué me vigilan si no soy nadie?» TEDxMadrid
Rodríguez de las Heras, T., 2016. «El derecho al olvido» TEDxValencia
Cuesta, A., 2017. «Tot el que Google sap de nosaltres«, en ara.cat
El Confidencial, 2016 «Opaco y burocrático: la realidad del derecho al olvido en la UE dos años después«, en elconfidencial.com.
Romero, P., 2014. “Mario Costeja frente a Google: ‘Yo defendí la libertad de expresión recibiendo hostias de los grises’”, en elmundo.es
Dans, E. 2016. «La herencia envenenada del derecho al olvido«, en enriquedans.com
Pérez Oliva, M., 2011. “Un nuevo desafío: el derecho al olvido”, en elpais.com
Vasconcellos, E., 2017. “La vida pasada que se vuelve presente”, en jotdown.es
Dans, E., 2012. «Sobre vidas digitales y gomas de borrar«, en enriquedans.com
Moltó, I., 2016. Guía de Google sobre el derecho al olvido, en derechoalolvido.eu
Agencia Española de Protección de datos, Derecho al olvido.
Mundo Hacker, 2016. Los nuevos CSI digitales. Programa de TV emitido en La 2.
Documentos TV, 2013. Ojo con tus datos. Programa de TV emitido en La 2.
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